Regulación de los mercados financieros
El mercado fiannciero ha fallado para autoregularse. La Comisión quiere cambiar la legislación.
La autoregulación no ha sido efectiva. La Comisión aduce haber intentado su regulación en numerosas ocasiones en los últimos cinco años, pero haberse encontrado con una gran oposición. Un grupo de expertos, presididos por Jacques de Larosiere, debe presentar su informe a final de febrero. El europarlamentario socialdemocrata Leke van den Burg le replica que ha sido el parlamento el que ha tomado la iniciativa, no él.
Se discuten los Acuerdos de Basilea II, un conjunto de estándares internacionales producdos por el Comité de Basilea sobre supervisión bancaria, para ayudar a los legisladores a armonizar sus políticas. Según sus recomedaciones, los bancos deben mantener reservas de capitales proporcionaels a los riesgos de sus inversiones y préstamos. Al menos, debe ser un 8%.
Propuesta de la Comisión sobre requisitos de capital
La Comisión Europea, como respuesta a las actuales turbulencias
financieras, ha presentado una propuesta para modificar las actuales
directivas sobre requisitos del capital. Contemplan los productos
financieros respaldados por conjuntos de hipotecas de distintos grados
de riesgo. Los bancos que comercialicen este tipo de productos habrán
de conservar una parte de los mismos y así correr con parte del riesgo.
Los inversores habrán de esforzarse, so pena de fuertes multas, por
cerciorarse de que el valor de los productos que compren se corresponda
con el anunciado.Las principales modificaciones se resumen en:
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Mejora de la gestión de los grandes riesgos: Los bancos no podrán prestar a un único prestatario por encima de un determinado límite. Por ello, en el mercado interbancario los bancos no podrán conceder préstamos o depósitos a otros bancos por encima de un determinado importe, y los bancos que tomen fondos prestados estarán sometidos a restricciones en cuanto al importe y al origen de sus empréstitos.
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Mejora de la supervisión de los grupos bancarios transfronterizos: Se crearán colegios de supervisores para los grupos bancarios que operan en varios países de la UE. Se aclararán las facultades y responsabilidades de las autoridades nacionales de supervisión y se hará más eficaz su cooperación.
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Mejora de la calidad de los fondos propios de los bancos: Unos criterios claros a nivel de la UE permitirán determinar en qué medida los instrumentos híbridos, esto es, aquellos que presentan a la vez características de acciones y de obligaciones, podrán considerarse fondos propios, cuyo nivel determina el importe de los préstamos que un banco puede conceder.
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Mejora de la gestión del riesgo de liquidez: Los colegios de supervisores también examinarán y coordinarán la gestión del riesgo de liquidez de los grupos bancarios que operan en varios países de la UE, es decir, la forma en que estos financian sus operaciones día a día. Estas disposiciones son el fruto de los actuales trabajos del Comité de Supervisión Bancaria de Basilea y del Comité de supervisores bancarios europeos.
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Mejora de la gestión del riesgo y de los instrumentos titulizados: Se harán más estrictas las normas aplicables a las deudas titulizadas, cuyo reembolso depende de los resultados de una cartera de préstamos específica. Las empresas (denominadas entidades iniciadoras) que reconviertan los préstamos en títulos negociables deberán conservar una parte del riesgo asociado a estos títulos, mientras que las empresas que inviertan en los mismos sólo podrán adoptar sus decisiones en la materia tras haber mostrado la debida diligencia. De no hacerlo así, serán sometidas a fuertes sanciones de capital.
La Presidencia checa de la Unión Europea cree que es prioritaria la aprobación esta propuesta.
Supervisión
La Comisión ha decidido reforzar el marco de supervisión de los mercados financieros. Se crearán tres comités para supervisar los mercado de valores, bancos y seguros, respectivamente. Estos comités, así como otras instituciones envueltas en el proceso de estandarización y auditoría e información financiera deberían contar con 36.2 millones procedentes del presupuesto comunitario.
FUENTES
- La Comisión propone una revisión de los requisitos de capital de los bancos para reforzar la estabilidad financiera (RAPID [Servicio de Prensa de la UE];IP/08/1433)
- Página web de la Comisión Regulatory Capital.
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Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por la que se modifican las Directivas 2006/48/CE y 2006/49/CE en lo que respecta a los bancos afiliados a un organismo central, a determinados elementos de los fondos propios, a los grandes riesgos, al régimen de supervisión y a la gestión de crisis COM (2008) 602 Siga el procedimiento en prelex.
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Reglamento (CE) n. 25/2009 del Banco Central Europeo de 19 de diciembre de 2008, relativo al balance del sector de las instituciones financieras monetarias (Versión refundida) (BCE/2008/32)
- Reglamento (CE) n. 24/2009 del Banco Central Europeo, de 19 de diciembre de 2008, relativo a las estadísticas sobre activos y pasivos de las sociedades instrumentales dedicadas a operaciones de titulización (BCE/2008/30)
- COM (2008) 458 Propuesta de DIRECTIVA DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO por la que se coordinan las disposiciones legales, reglamentarias y administrativas sobre determinados organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios (OICVM)
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Financial markets: Commission adopts measures to strengthen supervisory committees and standard-setting bodies for accounting and auditing (RAPID [Servicio de Noticias de la UE;IP/09/125)
- Committee of European Securities Regulators (CESR): http://www.cesr-eu.org/
- Committee of European Banking Supervisors (CEBS): http://www.c-ebs.org/
- Committee of European Insurance and Occupational Pensions Supervisors (CEIOPS): http://www.ceiops.org/
- Página web IASC Foundation.
- Página web de la European Financial Reporting Advisory Group
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Página web de PIOB (Public Interest Oversight Board)
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Calls for single EU financial supervisor resurface, en EurActiv (15 de Enero, 2009)
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Euro area needs more integrated financial market supervision, says OECD’s Gurría. En la página web de la OCDE (14 de Enero, 2009)

